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Subvenciones del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Diputación Provincial de Jaén para el apoyo a empresas agroalimentarias de la provincia de Jaén 2022

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo el art. 22.1 de la Ley General de Subvenciones (LGS) por parte del Área de Agricultura, ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Diputación Provincial de Jaén para empresas del sector agroalimentario de productos agrícolas y/o ganaderos de la provincia de Jaén, para las siguientes Líneas:
1. Fomento para la comercialización y distribución agroalimentaria.
2. Inversiones para la transformación de productos agroalimentarios

Referencia: 608236

Publicación oficial: 02/02/2022

Fecha inicio convocatoria: 03/02/2022

Fecha fin convocatoria: 23/02/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 150.000 euros
Sector: Agricultura, ganadería y pesca
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Tendrán la consideración de beneficiarias/os las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que hayan de realizar la actividad que fundamente su otorgamiento o que se encuentren en situación que legitime su concesión, requiriéndose, para estas últimas, que la actividad subvencionada tenga cabida dentro de su objeto, fines y/o estatutos.

Cuantía de la ayuda:

El importe máximo individualizado de la subvención para la línea 1 nunca será superior al coste total del proyecto a financiar, estableciéndose un porcentaje límite sobre el presupuesto de la actuación aprobada, y en su caso justificada, del 75%. La cantidad máxima a conceder es de 3.000 euros y la mínima es de 300 euros.

El importe máximo individualizado de la subvención para la línea 2 nunca será superior al coste total del proyecto a financiar, estableciéndose un porcentaje límite sobre el presupuesto de la
actuación aprobada y, en su caso justificada, del 40%. La cantidad máxima a conceder es de 10.000 euros y la mínima es de 300 euros.

Actividades subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en el art. 3 de esta Convocatoria. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionados podrá ser superior al valor de mercado, no permitiéndose la subcontratación de la actividad subvencionada.

Requisitos:
  1. Las/os beneficiarias/os deberán desarrollar su actividad y tener su domicilio fiscal en municipios de la provincia de Jaén.
  2. Las/os beneficiarias/os deberán tener la consideración de PYME en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.