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Subvenciones del Área de Agricultura, Ganadería, Medio Ambiente y Cambio Climático de la Diputación Provincial de Jaén para el fomento y apoyo al sector agrícola y ganadero de la provincia de Jaén 2022

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, según lo contenido en el art. 22.1 de la LGS, para el desarrollo de actividades y/o proyectos en materia agraria y/o pecuarias, distintas al olivar, cereales, cultivos silvícolas e industriales (excepto el lúpulo y la producción de trufa), y/o cualquier cultivo transgénico, que desarrollen agricultoras/es y ganaderas/os en la provincia de Jaén para alguna de las siguientes Líneas:

  1. Arrendamiento de fincas rústicas
  2. Generación de empleo para cultivos herbáceos o huertos que diversifiquen la actividad agrícola.
  3. Generación de empleo para cultivos leñosos, o su reconversión a la producción ecológica, que diversifique la actividad agrícola.
  4. Acciones de apoyo a la ganadería trashumante.
  5. Inversión en explotaciones agrarias.
  6.  Inversión en explotaciones ganaderas.

Referencia: 608235

Publicación oficial: 02/02/2022

Fecha inicio convocatoria: 03/02/2022

Fecha fin convocatoria: 23/02/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 560.000 euros
Sector: Agricultura, ganadería y pesca
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamente su otorgamiento o que se encuentren en situación que legitima su concesión, requiriéndose, para estas últimas, que la actividad subvencionada tenga cabida dentro de su objeto, fines o estatutos. No tienen cabida en la presente Convocatoria las empresas públicas, agrupaciones de personas físicas (tales como las comunidades de bienes) o jurídicas (tales como las SAT), o cualquier otro tipo de unidad económica, así tampoco las entidades sin ánimo de lucro.

Cuantía de la ayuda:

LÍNEA 1.- EL ARRENDAMIENTO DE FINCAS RÚSTICAS:
Se subvencionará el coste de la renta del contrato de arrendamiento de fincas rústicas que pudiera corresponder de acuerdo con lo establecido para cada caso, quedando excluidos los pagos realizados bajo conceptos distintos al propio del arrendamiento que se subvenciona, como deudas con terceros, entre otros. La parte arrendadora no podrá tener relación de parentesco por afinidad o consanguinidad ni en 1º ni 2º grado con el arrendatario, y en el caso de ser sociedades, excepto para las cooperativas de servicios, la restricción se extiende a cualquier socio, tanto en posición arrendadora como arrendataria.

  1. Para la diversificación agraria y la generación de empleo. El importe máximo a subvencionar será de 600 euros por hectárea, reduciéndose la cantidad final de manera proporcional en función del periodo que finalmente coincida con el plazo de ejecución establecido en el art. 3 de la Convocatoria.
  2. Para el asentamiento de colmenas en apicultura trashumante.

LÍNEA 2.- CULTIVOS HERBÁCEOS O HUERTOS QUE DIVERSIFIQUEN LA ACTIVIDAD AGRARIA Y GENEREN EMPLEO:

Se financiarán parte de los costes de los jornales y/o cuotas de autónomos realizados para proyectos que permitan la producción de cultivos agrícolas herbáceos o huertos que supongan la generación de riqueza y/o empleo en explotaciones agrarias de la provincia de Jaén.

COSTES SALARIALES: el importe de la subvención será del 35%, o el 50% si se trata de cultivos ecológicos, de los costes salariales de los jornales de las/los trabajadoras/es contratadas/os por cuenta ajena según convenio colectivo de actividades agropecuarias de la provincia de Jaén en vigor. Siendo la cantidad máxima a conceder de 2.000,00 €/ha, siendo 3.000,00 €/ha para el caso de cultivos ecológicos y para huertos. El número mínimo de jornales por cuenta ajena que se requieren para acceder a estos porcentajes será de 40 jornales por hectárea.

CUOTA AUTÓNOMO: en el caso de cultivos realizados directamente por el agricultor, el importe de la subvención será el 35% importe de la cuota de autónomo agrario, o 50% si se trata de cultivos ecológicos, del propio titular de la explotación dentro del periodo de ejecución del proyecto. Se determinará la cuantía final de la subvención, por este concepto, en función de la totalidad de las parcelas que tenga el interesado, con un tope máximo de 600 €/ha, siendo el tope máximo de 700 €/ha si se trata de cultivos ecológicos. Para el caso de estar inscrito en más de un epígrafe del impuesto de actividades económicas, la cuantía a conceder por este concepto será el porcentaje correspondiente a la actividad agrícola.

LÍNEA 3.- GENERACIÓN DE EMPLEO PARA CULTIVOS LEÑOSOS, O SU RECONVERSIÓN A LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA, QUE DIVERSIFIQUEN LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA:

Se financiarán parte de los costes de los jornales y cuotas de autónomos realizados para proyectos que permitan la producción de cultivos agrícolas leñosos, distintos del cultivo del olivar y cultivos silvícolas que supongan la generación de empleo y la diversificación agraria en explotaciones de la provincia de Jaén.

COSTES SALARIALES: el importe de la subvención será del 35%, o el 50% si se trata de cultivos ecológicos, de los costes salariales de los jornales de las/los trabajadoras/es contratadas/os según convenio colectivo de actividades agropecuarias de la provincia de Jaén, en vigor, para explotaciones que conlleven la generación de empleo en al menos 40 jornales por hectárea. La cantidad máxima a conceder es de 2.000,00 €/ha, siendo de 3.000,00 €/ha en el caso de cultivos ecológicos o en periodo de reconversión (a efectos de la presente Convocatoria se entiende por RECONVERSIÓN las labores necesarias y suficientes para cambiar el método de cultivo convencional de una determinada plantación a ecológica).
– CUOTA AUTÓNOMO: en el caso de cultivos realizados directamente por el agricultor el importe de la subvención será la será el 35% del importe de la cuota de autónomo agrario, o el 50% si se trata de cultivos ecológicos, del propio titular de la explotación dentro del periodo de ejecución del proyecto. Se determinará la cuantía final de la subvención, por este concepto, en función de la totalidad de las parcelas que tenga el interesado, con un tope máximo de 600 €/ha, siendo el tope máximo de 700 €/ha si se trata de cultivos ecológicos. Para el caso de estar inscrito en más de un epígrafe del impuesto de actividades económicas, la cuantía a conceder por este concepto será el porcentaje correspondiente a la actividad agrícola.

LÍNEA 4.- ACCIONES DE APOYO A LA GANADERÍA TRASHUMANTE:

Dentro de esta línea se financiará a los titulares de las explotaciones ganaderas trashumantes cuya explotación de origen se encuentre en la provincia de Jaén, que realicen el movimiento ganadero del 100% de los reproductores y un recorrido, tanto a la ida como a la vuelta, comprendido entre 60 y 250 kms, respectivamente. La presente ayuda cumple el objetivo de sufragar parte de los costes de arrendamiento de pastos como los de traslado de ganado. La cuantía de la ayuda se calculará en función de las UGM (Unidades de Ganado Mayor) que posea el titular de la explotación, cuyas equivalencias se incorporan en la tabla adjunta, y si la ganadería es ecológica o no. Quedarán excluidas de la presente convocatoria las explotaciones de menos de 15 UGM.

LÍNEA 5.- INVERSIÓN EN EXPLOTACIONES AGRARIAS:

La cuantía máxima de la subvención será del 40% de los costes subvencionables para el cultivo convencional y el 45% para el ecológico con un importe máximo de 2.000,00 €/ha, siendo la superficie mínima requerida de 0,60 hectáreas. Para la implementación de invernaderos y estructuras afines o similares la superficie mínima exigible será de 500 metros cuadrados.
En caso de cultivos plurianuales, objeto de esta línea, que se encuentren asociados a otros cultivos plurianuales previamente establecidos, la cuantía máxima de la subvención pasaría a ser del 30% de los costes subvencionables para el cultivo convencional y el 35% para el ecológico, manteniéndose el importe máximo de 2.000 € por hectárea, el mínimo de 0,60 hectáreas de superficie y debiendo respetar en cualquiera de los casos el límite de la ayuda de mínimis contemplada en esta convocatoria.

LÍNEA 6.- INVERSIÓN EN EXPLOTACIONES GANADERAS:

La cuantía máxima de subvención para esta línea será del 40 % de los costes subvencionables en el caso de ganadería convencional y del 45 % en el caso de ganadería ecológica con los siguientes importes máximos.

Actividades subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en el art. 3 de esta Convocatoria. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionados podrá ser superior al valor de mercado, no permitiéndose la subcontratación de la actividad subvencionada.

Requisitos:

Para obtener la condición de beneficiaria/o las/os solicitantes habrán de aportar junto con la solicitud (Anexo I correspondiente a cada Línea), la documentación de carácter general que a
continuación se especifica:
a) Memoria explicativa del objeto de la subvención que contenga la descripción de la actividad para la que se solicita subvención de acuerdo con la línea a la que se acoge (Anexo I).
b) Plan financiero (Anexo II), que contendrá de forma compresiva detallada todos los gastos e ingresos que van a financiar la actuación, teniendo la cuantía consignada en los conceptos
que lo configuran un carácter estimativo, si bien se permiten, sin necesidad de solicitar la modificación de la resolución de otorgamiento de la subvención, las alteraciones que se produzcan entre los conceptos de gasto del presupuesto que conforman el plan financiero justificado, siempre que no sean superiores al 10% del total de la subvención. Cualquier otra
alteración que exceda del porcentaje citado requerirá la solicitud de modificación de la resolución de concesión.
c) Acreditación del cumplimiento de las obligaciones para obtener la condición de beneficiario (Anexo III).
d) Certificación acreditativa de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o declaración responsable para el caso de que la subvención solicitada no
sea superior a 3.000,00 € (Anexo III).

e) Declaración responsable de no haber obtenido ni solicitado otras ayudas públicas o privadas.

f) Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante.

g) Las explotaciones agrícolas o ganaderas ecológicas deberán presentar el certificado de la entidad certificadora de producción ecológica o de encontrarse en el periodo de
reconversión.
h) Documentación específica que tendrá que presentarse para cada una de las líneas.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.