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Subvenciones del Área de Igualdad y Bienestar Social de la Diputación Provincial de Jaén para el ejercicio 2022 a los Ayuntamientos de la provincia de Jaén con población inferior a 20.000 habitantes para el refuerzo y consolidación de las estructuras locales de juventud «Red provincial de personal técnico de Juventud»

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Subvencionar a Ayuntamientos de la provincia de Jaén de menos de 20.000 habitantes que no cuentan con personal técnico para el desarrollo de actuaciones para la juventud con objeto de contribuir a la creación de las estructuras de juventud de Ayuntamientos de la provincia mediante la concesión de ayudas para la financiación de los costes de nóminas y seguros sociales para nuevas contrataciones de profesionales específicos/as de juventud adscritos/as al diseño, planificación, ejecución y evaluación de programas y proyectos que implementen las políticas en materia de juventud de estas entidades en el marco de la “Red Provincial de Personal Técnico de Juventud”, en régimen de concurrencia no competitiva.

Referencia: 633304

Publicación oficial: 15/06/2022

Fecha inicio convocatoria: 16/06/2022

Fecha fin convocatoria: 06/07/2022

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 114.285,60 euros
Sector: Igualdad
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Jaén.

Cuantía de la ayuda:

Cuantía máxima y mínima a solicitar: serán beneficiarias de una subvención por un importe fijo de 7.142,85 euros las entidades solicitantes que cumplan los requisitos y que ya fueron beneficiarias de una subvención por la convocatoria de subvenciones para esta línea de actuación del año 2021. Se destinarán 14.285,70 euros del crédito disponible para la convocatoria para la atención de solicitudes de otras entidades que cumplan los requisitos por un importe fijo de 7.142,85 euros, de acuerdo al orden de fecha de presentación de sus solicitudes.

Actividades subvencionables:

Serán gastos subvencionables todos aquellos que tengan relación con los gastos nóminas y seguros sociales derivados de la prestación de servicio de la persona contratada.

Estos gastos de nóminas y seguros sociales serán admisibles cuando se hayan devengado durante el periodo transcurrido entre el 16 de junio de 2022 y el 20 de enero de 2023, y se hayan pagado antes de finalizar el periodo de justificación. En ningún caso se admitirá la ampliación del referido plazo de elegibilidad.

Requisitos:

Los Ayuntamientos que soliciten subvención no tendrán que acreditar que se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias con cualquier Administración o con la Seguridad Social, en los términos del artículo 13.4. bis de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. -artículo 4.1 de la citada Ordenanza-.

Con anterioridad a la aprobación de la resolución de concesión de subvención que se dicte al amparo de esta Ordenanza, tendrán que acreditar que se hallan al corriente de justificación de subvenciones concedidas hasta el segundo año inmediatamente anterior al de la correspondiente convocatoria por el Área de Igualdad y Bienestar Social, no tomándose en consideración el ejercicio inmediatamente anterior al de la convocatoria, respecto de las subvenciones otorgadas por dicha Área -artículo 4.3 de la citada Ordenanza-.

Las entidades solicitantes deberán:

– Tener aprobado y plenamente vigente un Plan Municipal de Juventud en la fecha de la solicitud y durante el periodo de ejecución que se indica en el art. 6.1. de la presente convocatoria.

– No tener personal contratado que realice tareas de información y dinamización juvenil, salvo el que proceda de la contratación realizada con motivo de la anterior convocatoria de 2021 para esta finalidad.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.