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Subvenciones destinadas a Proyectos de implantación, ampliación/mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico-MPRTR-L.1

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Constituye el objeto de las presentes subvenciones, dirigidas a los municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios o empresas públicas constituidos por dichas entidades locales de acuerdo con el artículo 4.1 de las bases reguladoras de la Orden de 4 de septiembre de 2023, fomentar la implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico (compostaje, digestión anaerobia o ambas), a fin de promover la recogida selectiva de la fracción orgánica de los residuos municipales desde una perspectiva de economía circular y, por tanto, contribuir a lograr una gestión y ahorro más sostenible de los recursos naturales, y al mismo tiempo cumplir con los objetivos establecidos en la normativa vigente y con las mejores prácticas adoptadas en toda la Unión Europea, manteniendo la prevención y el reciclaje.
2. Las subvenciones a conceder en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU se enmarcan en la
Inversión C12.I3 denominada «Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular», del Componente 12 «Política Industrial de España 2030» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España y contribuirá al objetivo 187 de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) asociado, cuya consecución está prevista para el cuarto trimestre de 2023, y del objetivo 188 de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) asociado, cuya consecución está prevista para el segundo trimestre de 2026, de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision, CID), de 13 de julio de 2021, y de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del
Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional

Referencia: 748323

Publicación oficial: 02/04/2024

Fecha inicio convocatoria: 03/04/2024

Fecha fin convocatoria: 03/05/2024

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 4.491.016,61 €
Sector: Transición Ecológica
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Comunidad Autónoma de Andalucía
Beneficiarios:

1. Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de esta línea de financiación:
a) Proyectos tipo A: Los municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios o empresas públicas constituidos por dichas entidades locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos a una población de derecho igual o superior a 5.000 habitantes a fecha 1 de enero de 2020 y que presenten proyectos implantación, ampliación o mejora, que promuevan la recogida selectiva de materia orgánica sobre los servicios de su competencia para su financiación.
b) Proyectos tipo B: Los municipios u otras entidades locales, tales como mancomunidades, o los consorcios o empresas públicas constituidos por dichas entidades locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos a una población de derecho inferior a 5.000 habitantes a fecha 1 de enero de 2020 y que presenten proyectos implantación, ampliación o mejora que promuevan la recogida selectiva de materia orgánica sobre los servicios de su competencia para su financiación.
2. Las entidades locales u otras entidades no podrán presentar solicitud en la misma convocatoria simultáneamente y para las mismas acciones, individualmente y a través de una entidad supramunicipal.
3. En el caso de que la solicitud sea presentada por una entidad supramunicipal, deberá indicar si actúa en su propio nombre o si lo hace en virtud de una orden de gestión
previamente formalizada con las autoridades locales correspondientes.

Solicitud:

1. La entidad solicitante que quiera acogerse a las subvenciones previstas en esta orden, deberán presentar una solicitud, conforme a los modelos establecidos en la orden de convocatoria, en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria, dirigida a persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular.
2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín de Oficial de la Junta de Andalucía este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a partir de las 00:00 horas; el plazo concluirá a las 23:59 horas del día en
que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3. Las solicitudes se presentarán, de conformidad con el modelo establecido en el Formulario Anexo I de la presente Orden, de forma exclusivamente electrónica, a través
del siguiente enlace del Canal de la Administración Electrónica de la de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/web/cae.
4. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un certificado electrónico reconocido que sea válido para poder realizar los trámites contemplados en las bases reguladoras de la Orden de 4 de septiembre de 2023, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. Las personas físicas que realicen la firma o la presentación electrónica de documentos en representación de las entidades solicitantes o beneficiarias de ayuda, deberán ostentar la representación necesaria para cada actuación, en los términos establecidos en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, la presentación de la solicitud implica la aceptación expresa de las obligaciones y términos establecidos en las bases reguladoras.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.