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Subvenciones para la realización de proyectos de cooperación para el desarrollo correspondiente al año 2024

Estado: Cerrada
Objeto de la convocatoria:

Se considerarán proyectos de cooperación para el desarrollo los destinados al desarrollo de actuaciones en los siguientes ámbitos:
A. Proyectos de desarrollo en un solo país, consistentes en un conjunto de actuaciones diseñadas para lograr un objetivo específico de desarrollo en las áreas geográficas y sectores priorizados en la convocatoria.
B. Proyectos de Educación para el desarrollo y la ciudadanía global cuyo objetivo es promover un modelo de ciudadanía global capaz de contribuir a la lucha contra la pobreza y la promoción del desarrollo de los pueblos, desde un enfoque de derechos humanos, y para la promoción del comercio justo.
C. Proyectos dirigidos a atender las necesidades de la Población Saharaui, refugiada en Tinduf (Argelia) y que se enmarquen en la Estrategia humanitaria vigente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para este contexto.

Referencia: 750791

Publicación oficial: 02/04/2024

Fecha inicio convocatoria: 03/04/2024

Fecha fin convocatoria: 30/04/2024

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

Órgano: AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 1.000.000,00 €
Sector: Cooperación Internacional para el Desarrollo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

– Entidades Beneficiarias:
a) Las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que hayan sido legalmente constituidas como mínimo cinco años antes de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se encuentren inscritas en el Registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
b) Las agrupaciones de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo sin personalidad jurídica, siempre que cada uno de sus miembros reúna por sí mismo los requisitos exigidos para su concurrencia de modo individual.

Cuantía de la ayuda:

se fija una cuantía adicional máxima por importe de 54.000.000 euros que podrá ser aplicada a la concesión de las subvenciones, sin necesidad de una nueva convocatoria y siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 58 del Reglamento de la Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Para ello se habilitará con anterioridad a la resolución de concesión un aumento del crédito inicial mediante la aprobación de las correspondientes variaciones presupuestarias con cargo a la aplicación presupuestaria 12.302.143A.484, concepto de «Otros fines de interés social» del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y con cargo a la aplicación presupuestaria 12.302.143A.485, del concepto «Para actividades de Interés social» del Impuesto
de Sociedades correspondientes ambos impuestos al ejercicio 2022.
La cuantía solicitada por proyecto no podrá ser inferior a los 200.000 euros con carácter general. Dicha cuantía no podrá ser inferior a los 100.000 euros en el caso de proyectos de Educación para el desarrollo y la ciudadanía global y solicitudes presentadas por agrupaciones sin personalidad jurídica. Cuando la solicitud fuera presentada por una entidad que no hubiera obtenido con anterioridad financiación por parte de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo como beneficiaria directa en las convocatorias de proyectos o convenios para organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, la cuantía mínima a solicitar para cualquiera de las tipologías de proyectos será de 50.000 euros.
La cuantía máxima financiable por proyecto será de 1.000.000 euros con carácter general. Las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que no hubieran obtenido anteriormente financiación por parte de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo como entidad beneficiaria directa en las convocatorias de proyectos y convenios para organizaciones no gubernamentales para el desarrollo, no podrán recibir subvención en esta convocatoria por un importe superior a 85.285 euros, conforme a la ampliación de acuerdo con el interés legal del dinero para el año 2024 prevista en el artículo 12.2 de la Orden AUC 286/2022, de 6 de abril.

Solicitud:

Para que la solicitud se tenga por presentada, será obligatoria su cumplimentación y envío del formulario de solicitud, accesible desde la sede electrónica de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo (www.aecid.gob.es), de forma telemática y su firma digital por el/la representante legal de la entidad.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.